Tammy Pustilnick Arditi

Biografía Personal

Tammy Solange Pustilnick Arditi (1987) Estudió Derecho en la Universidad de Chile. Especialista en Derechos Humanos y género. Master in Laws de la Universidad de Nueva York.

Cofundadora y Presidenta Corporación Descentralizadas, la cual busca “potenciar el
liderazgo con perspectiva de género (…) promover que la mujer se inserte y se mantenga en el mundo laboral, ya sea de forma dependiente como independiente”. También participa como abogada pro bono en la Fundación Iguales. Fue reconocida como una de las 100 mujeres líderes en 2018 de El Mercurio y en 2020 se desempeñó como consultora de ONU Mujeres para la Región del Biobío, con el objetivo de promover buenas prácticas de igualdad de género dentro de las empresas.

• Twitter: @T_Pustilnick
• Facebook: @tammyccp
• Instagram: @tammyccp

Descendencia

Fuentes

Trayectoria Política

Tammy Pustilnick Arditi, elegida convencional constituyente por el distrito 20 de la Región del Bio Bio, con 10.349 votos (3.39%) de los 36.290 votos (11.89%) de la Lista Independientes del Bio Bio por una Nueva Constitución.

Espera construir una Constitución
• Con perspectiva de género que promueva: igualdad material entre hombres y mujeres;  reconocimiento valor social y económico del cuidado y trabajo doméstico;
reconocimiento de todo tipo de familia y democracia paritaria.
• Descentralización efectiva: Reconocimiento de regiones como unidades políticas,
promoviendo un modelo de descentralización política, administrativa y fiscal.
• Avanzar hacia un Estado democrático de bienestar social

Tammy Pustilnick: «seguiremos siendo un país único e indivisible»  «Me asombra la resistencia que existe respecto a un concepto que dice que el pueblo de Chile está compuesto por diversas naciones».
«Sin descentralizaicón fiscal, no hay desconcenración territorial del poder. Lo que buscamos es que las regiones puedan endeudarse, pero estableciendo una máximo y esto está relacionado con el principio de la responsabilidad fiscal. El Estado regional se sustenta en dos principios: equidad interregional e intrarregional» (1)

Tammy Pustilnick (INN) Puntaje -0,382 orientación política: (21 desde la izquierda, 8 desde la derecha. «Nuestra responsabilidad es aprobar normas de forma coherente y que le hagan sentido a la ciudadanía. Ese es el equilibrio que está jugando el Colectivo Socialista e INN»
«No hay que confudir la público con lo estaal. Un Estado Social de Derecho no significa qu ehay que estatizar todo, si no fortalecer el rol del Estado para entregar esos derechos, lo que no significa eliminar a los privados». «la tarea no es fácil, hay presión adentro y fuera de la Convención y hay que aprender a lidiar con ella. Estamos pensando en los próximos 40 años, no en los próximos 4 años» (2)

La ex convencional de Independientes No Neutrales (INN) y coordinadora de la comisión de Armonización de la Nueva Constitución, Tammy Pustilnick, admitió el error en la redacción de este artículo, tras citar un tuit del periodista Juan Vallejos. Pustilnick explicó que el artículo menciona los casos en que una persona pierde la nacionalidad aun cuando quede apátrida, siendo uno de los casos que la carta de nacionalización fuera obtenida con documentos falsos. “Efectivamente hay error de redacción que genera confusión: si te revocan la carta de nacionalización y quedas en situación de apátrida, no pierdes la nacionalidad, salvo la haya obtenido por declaración falsa o fraude, en cuyo caso aun cuando quedes en situación de apátrida la pierdes”,  (3)

(1) Entrevista La Segunda 18 abril 2022

(2) La Segunda 20 abril 2022

(3) 19 julio 2022

Bibliografia

Programa Candidata Independiente
Tammy Solange Pustilnick Arditi, Convencional Constituyente Distrito 20
Compartimos una convicción profunda sobre la necesidad de generar un nuevo pacto social y político, que nos permita enfrentar la crisis multidimensional, cultural, económica, política, social y ambiental, en la cual nos encontramos. Para superar este escenario, proponemos avanzar hacia la construcción de un Estado Social y Democrático de Derecho, que permita la superación del actual modelo de Estado subsidiario y el desarrollo armónico de las personas y su entorno. Con este
objetivo, la Constitución debe recoger las demandas que el pueblo ha expresado en la participación social e incorporar los siguientes elementos:
a) Principios rectores:
Los principios rectores propuestos se pueden resumir en los siguientes conceptos: Igualdad en dignidad y derechos, pluralismo, Estado social y democrático, soberanía popular, participación y equidad de género:
-Las personas nacen y permanecen iguales en dignidad y derechos. La dignidad constituye el fundamento de los derechos humanos que el Estado debe reconocer, respetar y garantizar.
-La Constitución debe reconocer y asegurar el derecho de las personas a forjar sus propios proyectos de vida, de acuerdo con sus creencias, principios y valores.
– Los objetivos del Estado son el bien común, el bienestar social y el desarrollo humano y sostenible, eliminando la discriminación y garantizando la inclusión.
-La soberanía reside en el pueblo, y se ejerce por medio de votaciones populares, en elecciones y plebiscitos, y mediante los mecanismos de participación directa, deliberativa y ciudadana que se establezcan.
-Los órganos de Estado deben someter su actuación a la Constitución y a las normas dictada de conformidad a ella y actuarán válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.
-Los órganos de Estados y las personas que los integran deben actuar con apego al principio de probidad, haciendo primar el interés general sobre el particular. Dichos actos, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen, están sujeto a las exigencias de publicidad, transparencia y protección de datos personales establecidas en la Constitución y las Leyes.
b) Derechos y libertades fundamentales:
Los derechos y libertades fundamentales se pueden resumir en los siguientes conceptos:
equidad de género, protección ambiental, derechos civiles, derechos sociales, grupos de especial protección.
b.1) En materia de géneros:
a) Igualdad de géneros

b) Valor social del trabajo doméstico
b) Vida libre de violencia
c) Equidad salarial
d) Acceso al cuidado
e) Paridad en los órganos de representación
f) Equidad en la participación de la fuerza laboral
-La Constitución debe consagrar la igualdad de géneros.
-La Constitución debe consagrar la igualdad sustantiva entre hombre y mujer, reconocer el valor social del trabajo doméstico, consagrar la libertad y autonomía política, económica y física de las mujeres, y el derecho a vivir una vida libre de violencia, a la igualdad salarial y al acceso al cuidado sanitario, entre otros.
-La Constitución también debe asegurar la participación y representación política de las mujeres, y el acceso a cargos de representación popular en condiciones de igualdad. También debe asegurar que la participación en la fuerza laboral sea equitativa.
b.2) En materia de medioambiente:
a) Protección ambiental
b) Justicia ambiental
c) participación ambiental
d) Protección de los bienes comunes
e) Sustentabilidad o ambiente ecológicamente equilibrado
-La Constitución debe incorporar los principios de protección ambiental, justicia ambiental, justicia intergeneracional, acceso a la información y participación ambiental.
-La Constitución debe reconocer y proteger los bienes comunes desde el enfoque ecosistémico, incluyendo el agua, el aire, el mar, las riberas, las altas montañas, los recursos hidrobiológicos, los minerales y las funciones ecosistémicas, entre otros. Este reconocimiento implica asegurar su sostenibilidad, distribución equitativa y resguardo para las generaciones futuras ante el cambio climático.
-La propiedad privada debe reconocer como límite, entre otros, la protección del medioambiente y la repartición equitativa de las cargas ambientales.
-Se debe reconocer el derecho al ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y el acceso a los bienes comunes, especialmente al agua.
b.3) En materia de derechos civiles:
a) Libertades fundamentales
b) Derechos sexuales y reproductivos
c) Justicia e igualdad ante la ley
d) Función social de la propiedad
e) Libertad de culto y Estado laico
3  -La autonomía requiere algunas condiciones previas que la hagan posible. Por esta razón, la nueva constitución debe garantizar ciertas libertades básicas, como la libertad personal, de conciencia y religión, de enseñanza, de expresión, de asociación, de emprendimiento, de creación y difusión de las artes; además del derecho a la vida, a la privacidad y a la honra.
-La Constitución también debe reconocer los derechos sexuales y reproductivos y el derecho a vivir de acuerdo con la propia identidad de género.
-La Constitución debe garantizar la igualdad en la ley y ante la ley, y el derecho a no ser discriminado arbitrariamente. Se debe prohibir toda discriminación injustificada fundada en razones de origen étnico o social, de opinión, ideología o convicciones religiosas, de género u orientación sexual o de cualquiera otra circunstancia derivada del mero prejuicio.
– La propiedad debe servir al bien común, y a los objetivos del desarrollo sostenible y de la conservación del patrimonio ambiental. La Constitución debe consagrar la función social de la propiedad y el dominio público de los recursos naturales necesarios para la satisfacción de las
necesidades humanas fundamentales. Este principio resulta fundamental para la dictación de leyes
que regulen la coexistencia armónica entre la libertad de empresa y el bien común; normar el uso
del suelo, tanto urbanos como rurales; reestablecer el carácter de bien público de las aguas; y diseñar una política de diversificación productiva.
b.4) En materia de derechos sociales:
a) Estado garante
b) Derecho al trabajo y remuneración digna y protección contra el desempleo
c) Enseñanza en condiciones de equidad
d) Derecho a la salud
e) Derecho a la vivienda y servicios comunitarios. (Derecho al entorno digno)
– La Constitución debe establecer derechos sociales como derechos efectivamente garantizados.
Esto significa que el Estado debe asumir un rol activo en la garantía, regulación y provisión de estos.
-En materia de derecho al trabajo, la Constitución debe asegurar la existencia de condiciones laborales equitativas y satisfactorias, el derecho a una remuneración digna, la protección contra el desempleo, y la creación de empleo. Se debe fortalecer el derecho a sindicalizarse y a la negociación colectiva.
-En materia de derecho a la educación, la Constitución debe garantizar la disponibilidad de centros de enseñanza en cantidad suficiente, la remoción de los obstáculos económicos o de otro tipo que impidan el acceso a la educación en condiciones de igualdad, que la enseñanza se adapta a las necesidades de los alumnos y de sus territorios, y que los planes y programas respectivos asuman un enfoque de derechos humanos y de conocimiento de los derechos y deberes incluidos en la Carta Fundamental.
-En materia de derecho a la salud, la Constitución debe garantizar el derecho de acceso a un sistema universal de salud, no discriminatorio, que asegure una atención de salud oportuna y suficiente, con una adecuada cobertura territorial.
– También se debe garantizar el derecho a una vivienda digna. La Constitución debe consagrar el derecho de todas las personas a habitar, utilizar, ocupar, producir, transformar, gobernar y disfrutar ciudades, pueblos y asentamientos urbanos justos, inclusivos, seguros, sostenibles y democráticos, definidos como bienes comunes para una vida digna. Se debe poner especial atención en la necesidad de favorecer el principio de integración urbana, y de asegurar el buen uso del suelo, de manera de garantizar el acceso a la vivienda y a los servicios comunitarios y de recreación en condiciones equitativas.
-El acceso a internet debe ser reconocido como un derecho fundamental. El ejercicio de este derecho resulta fundamental para asegurar otras garantías, como la libertad de expresión, el acceso al conocimiento, a la educación y al esparcimiento.
-La Constitución debe reconocer la protección de los derechos e intereses de los consumidores y consumidoras. El Estado debe supervigilar y regular todas aquellas actividades económicas que son primordiales para la satisfacción de las necesidades básicas de los consumidores, como lo son los servicios básicos domiciliarios, las telecomunicaciones, la vivienda, entre otros.
-La Constitución debe establecer mecanismos explícitos que aseguren la exigibilidad de los derechos políticos, económicos, sociales y culturales señalados.
-La Constitución debe proteger y garantizar el pleno desarrollo y acceso a las artes; asegurar la protección y fomento de la cultura; y proteger y valorizar el patrimonio como riqueza nacional.
-La Carta Fundamental debe regular el derecho a voto de chilenos en el exterior y derecho a voto de los extranjeros residentes en el país. También se deben fortalecer los derechos de las personas migrantes.
b.5) En materia de grupos de especial protección:
a) Protección niños, niñas y adolescentes
b) Protección de personas con discapacidad
c) Integración y protección al adulto mayor
d) Estado plurinacional
-La Constitución debe reconocer a los niños, niñas y adolescentes, como un grupo específico de protección especial y pilar fundamental para el país, en todos sus instancias y niveles. Se debe pasar desde un enfoque tutelar, a otro en el cual los niños son sujetos de derecho.
-La Constitución debe otorgar una especial protección a los derechos de las personas con discapacidad, asegurando el desarrollo de su autonomía, y su inclusión en las distintas instancias de la vida nacional.
-La Constitución debe garantizar la plena integración del adulto mayor. El Estado se encuentra obligado a respetar su autonomía y dignidad, y a asegurar el acceso a las prestaciones de salud o de seguridad social necesarias para su bienestar.
-La nueva Carta debe establecer que Chile es un Estado plurinacional que asegura los derechos colectivos de los pueblos originarios, en conformidad con el Derecho Internacional. Los pueblos indígenas tienen derecho a que se reconozca sus propias formas de organización y administración
territorial y de manejo de recursos naturales.
c) Régimen Político y descentralización
Respecto al régimen político y la descentralización, se pueden resumir en las siguientes características: una forma de gobierno con frenos y contrapesos eficaces, un sistema electoral eficiente y representativo, organizaciones políticas y públicas transparentes y probas, descentralización y equidad territorial:
a) Sistema político democrático y participación ciudadana
b) Forma de gobierno más equilibrada
c) Descentralización política y administrativa
d) Equidad y solidaridad interterritorial
e) Partidos políticos regionales
f) Autonomía territorial para los pueblos indígenas
-La Constitución debe garantizar un sistema político democrático, con énfasis en la participación ciudadana y la inclusión. Se deben incorporar la iniciativa popular de ley, la revocatoria y el plebiscito y el referéndum. Estos últimos debe poder ser convocados, entre otros, por los propios ciudadanos y sus resultados deben ser vinculantes en las condiciones que fije la Constitución. Además, se deben considerar otros mecanismos de participación ciudadana en los diversos procesos legislativos, gubernativos y administrativos, a nivel nacional, regional y local, como las consultas ciudadanas para el desarrollo de proyectos de inversión, o los cabildos o diálogos ciudadanos para la construcción de políticas públicas sectoriales.
– Se debe superar el presidencialismo extremo. La forma de gobierno debe ser más equilibrada, con una mejor distribución del poder entre el Gobierno y el Congreso Nacional, orientada, por ejemplo, hacia formas semipresidenciales, parlamentarias o similares, con mecanismos de actuación recíproca que faciliten la gobernabilidad, el control, la estabilidad de las decisiones, el debido respeto a las mayorías, y la protección de las minorías. Se debe propender hacia un sistema electoral mixto que garantice una representación adecuada dentro del Congreso, con mecanismos
mayoritarios y proporcionales para asegurar eficiencia, equidad y representatividad coherente con un Estado plurinacional y la equidad de género.
-La Constitución debe asegurar una mayor descentralización política y administrativa, consagrando adecuados niveles de autonomía financiera, normativa y administrativa en los gobiernos regionales y municipales.
-La Constitución también debe considerar el principio de diferenciación territorial, y los principios de equidad y solidaridad interterritorial.
-La Constitución debe otorgar mayores competencias a las regiones para gestionar sus recursos económicos y naturales (racionalización geográfica territorial). También debe favorecer la democratización y el fortalecimiento de las organizaciones intermedias y el ejercicio del control ciudadano sobre las autoridades elegidas.
-La Constitución debe contemplar autonomía territorial para los pueblos indígenas, otorgando competencia para gestionar los recursos naturales según su propia cosmovisión.
– Se debe posibilitar la formación de partidos políticos regionales.
-La Constitución debe consagrar un sistema de justicia constitucional que en su integración, composición y atribuciones compatibilice la supremacía de la constitución con los principios democráticos.
-La Constitución debe reconocer en su texto la autonomía del Banco Central y consagrar una institucionalidad que asegure la sostenibilidad fiscal y estabilidad macroeconómica.

Índice
a)Principios rectores………………………………………………………….……1
b)Derechos y libertades fundamentales……………………………….…1
b.1) En materia de géneros……………………………..……………………1
b.2) En materia de medioambiente……………………….…………….…2
b.3) En materia de derechos civiles……………………………..…………2
b.4) En materia de derechos sociales………………………………..…….3
b.3) En materia de grupos de espacial protección…………………..…4
c) Régimen Político y descentralización………………..…………………4

Otras publicaciones

Entrevista 5 junio 2021: pondré en discusión la descentralización efectiva, igualdad material entre hombres, mujeres y disidencias sexuales y goce efectivo de derechos sociales fundamentales.  La principal transformación que Chile necesita y debe reflejarse en una nueva Constitución, es avanzar hacia la construcción de un Estado social y democrático de derechos, y donde la perspectiva de género se encuentre de forma transversal en el texto, consagrando por ejemplo el derecho a una vida libre de violencia, igualdad salarial, a la identidad, derechos sexuales y reproductivos, y reconocimiento del valor social y económico del trabajo doméstico y de cuidados no remunerados… soy muy positiva sobre que llegaremos a acuerdos en gran parte de las materias necesarias para los cambios que Chile necesita y asi disminuir las brechas y desigualdades. Que hayamos llegado gran cantidad de independientes me genera esperanza de una nueva clase política abierta al diálogo y consensos, donde prime el interés general

Reformar la Constitución, ¿cuál, qué cambios y cuándo hablamos de ello?

Llevamos semanas en las que se vienen levantando voces, cada vez con más fuerza, que dicen que independiente del resultado del plebiscito del 4 de septiembre es importante que se realicen reformas, ya sea a la nueva Constitución, en caso de ganar la opción del Apruebo, o la actual de 1980, en caso de ganar el Rechazo.

Hace meses me hicieron esta pregunta: ¿reformar? Y si es así, ¿cuál? Lo primero que es importante señalar es que ambas opciones, aprobar o rechazar “con apellido”, son meras hipótesis, es decir, pueden como no ocurrir.

Si queremos caer en estas hipótesis es importante reflexionar sobre ellas: La primera, “rechazar para reformar”, me parece poco creíble (y eso que peco de ingenua muchas veces). El hecho de que en durante más de 30 años no se hicieron los cambios reales que ha demandado la ciudadanía me hace dudar que ahora sí existirá la voluntad política por parte del Congreso, sobre todo considerando la conformación actual del mismo.

Sobre la segunda: “aprobar para reformar”, desde hace meses sostengo que por supuesto que esta propuesta va a requerir reformas, y no lo digo porque no sea buena, sino porque requerirá de adecuaciones para su propia implementación en el corto, mediano y largo plazo para lograr que la institucionalidad funcione mejor. Fui una de aquellas personas que sostuvo que el actual Congreso debía no solo tener la posibilidad de reformar la propuesta constitucional, sino que debía ser con los mismos quórums que establecen las normas permanentes, ya que la democracia debe seguir funcionando.

Si ponemos sobre la papeleta imaginaria estas dos nuevas opciones, por supuesto que elijo aprobar para reformar, y por tres razones: (1) Este texto tiene muchas virtudes que robustecen nuestra democracia y avances significativos en comparación con la Constitución actual y que deben ser parte basal de una democracia moderna, como lo es en materia de descentralización, protección ambiental y naturaleza, derechos de las mujeres y participación incidente y vinculante de la ciudadanía, entre otras. (2) El quórum para reformar la propuesta es menor que la Constitución actual y, además, estas reformas pueden ser impulsadas directamente por la ciudadanía a través de un referéndum. (3) La propuesta merece una oportunidad y, si bien hay materias que son perfectibles, pues ninguna constitución es perfecta, tomar este texto como base donde se consagra un Estado social y democrático de derecho me parece el camino adecuado para que nuestra democracia, a través de sus instituciones, siga funcionando y adecuando.

Finalmente, ¿cuándo hablamos de ello? ¡Pues ahora! No solo porque prima la libertad de expresión, sino porque dentro del mundo de los “indecisos” hay quienes legítimamente quieren tener certezas de ciertos cambios o adecuaciones, y ello es exactamente lo que una propuesta constitucional y nuestro país debe otorgar: una propuesta que no solo fortalezca nuestra democracia, sino que además le dé certeza a las personas.

He leído las diversas propuestas de reforma y coincido en varios puntos: fijar expresamente los límites al pluralismo jurídico, evaluar adecuaciones al sistema político o incluir sistema electoral. No fue fácil llegar a acuerdos dentro del proceso, sobre todo con al menos 103 personas con experiencias de vida diversas, pero se logró y en el tiempo exigido. Esto fue resultado de una conversación democrática y, en tal sentido, van a existir cosas que queramos reformar, pues nadie queda 100% satisfecho, sino hubiese sido una imposición. Los acuerdos son necesarios y el llamado es a no perdernos en el camino, a recordar que de aprobarse la propuesta constitucional los desafíos serán enormes y que debemos seguir trabajando colaborativamente para avanzar con éxito.

Tammy Pustilnick

Exconvencional constituyente

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