06 Abr Juan Eduardo Saldivia Medina
Biografía Personal
Saldivia Medina Juan Eduardo (1963) [1] hijo de Sergio Saldivia Grove (1920), ingeniero civil, Partido Demócrata Crsitiano, subsecretario de Transportes 1964-1970, y María Alicia Medina Fernández (1921); abogado, presidente de COPSA 2014: “La infraestructura es indispensable para el desarrollo económico del país. Para su integración y para general igualdad de oportunidades y acceso. El país debe pensar seriamente en alguna fórmula que permita independizar el desarrollo de la infraestructura de la capacidad y competencia e intereses de aquellos que administran temporalmente el Ministerio de Obras Públicas. Sin duda, en los años venideros la infraestructura no tendrá la prioridad política de educación o salud, pero si perdemos cuatro años más, la deuda que se generará será gravísima, por lo cual se debe actuar en consonancia con el deterioro sufrido y emprender una cartera ambiciosa que permita recuperar el tiempo perdido” (1) casado con María del Pilar Varela Covarrubias (1964) hija de Juan Carlos Varela Morgan (1937) abogado y Marta Covarrubias Vives (desciende de Ramón Covarrubias Ortuzar); 3 hijos.
(1) El Mercurio 8 noviembre 1913. Inscripcón numero 528 nacimiento 1964 Recoleta.
Descendencia
Saldivia Varela María Camila
Saldivia Varela María Jesús
Fuentes
Trayectoria Política
Saldivia Medina Juan Eduardo (1963) miembro Partido Demócrata Cristiano, secretario regional ministerial, superintendente de servicio sanitarios 1996-2006; subsecretario de Obras Públicas 2006-2010, “Hay cierta demonización y pérdida de confianza en las concesiones” (2) “Si se arma bien la Empresa estatal de Infraestructura pude generar varios miles de millones de dólares de capacidad de nuevas obras” (3).
Juan Eduardo Saldivia, afirma que «el modelo de tarificación de servicios sanitarios, que contempla que los clientes pagan la totalidad de la inversión, la operación y la rentabilidad para los operados, fue exitoso durante muchos años, pero «ahora no sabemos si ese modelo será capaz de resistir todas las nuevas inversiones que hay que hacer en todo el país para garantizar el abastecimiento humano en las condiciones de escasez hídrica que estamos viviendo»
y asegura que con la desaladora de Atacama «el Estado ya dio una señal y será muy difícil revertirla. ¿Por qué en Coquimbo, por ejemplo, donde probablemente también sería necesario instalar una desalodora, no van a tener el mismo derecho de que sea el Estado el que la pague? (4)
(2) La Tercera 9 agosto 2014. (3) El Mercurio 4 mayo 2016.
(4) El Mercurio, 29 agosto 2021
Bibliografia
Otras publicaciones
Caducidad de derechos de agua: una opción que pone en riesgo el suministro de agua potable para Chile
por Juan Eduardo Saldivia 11 febrero, 2022
Luego de casi once años de tramitación, en enero pasado el Congreso Nacional (bicameral), aprobó por la unanimidad de sus integrantes la mayor reforma al Código de Aguas desde aquella aprobada en 2005. Once años se tardó en acordar, por unanimidad, una nueva regulación que pretende afrontar los desafíos del uso (y profunda escasez) del agua en el contexto de la mayor sequía que vive nuestro país.
Por su parte, la semana pasada, la Comisión de Medioambiente y Modelo Económico de la Convención Constitucional, tras una discusión de uno pocos días (u horas) aprobó, por mayoría simple, la caducidad de los derechos de agua otorgados a partir de 1981 (fecha de entrada en vigencia del Código de Aguas) y ha declarado que dicho código perderá validez y eficacia jurídica, tan pronto como entre en vigencia la nueva Constitución. Claramente algo no anda bien ¿Cómo un tema que demoró once años en el Congreso para su regulación, con todos los antecedentes y análisis técnicos y jurídicos necesarios, luego en la Comisión de la Convención se propone y aprueba adoptar un conjunto de normas que borran de un plumazo toda la legislación vigente?
De prosperar la iniciativa de los constituyentes -que caduca entre otros los derechos de agua de las empresas sanitarias- lo que ocurrirá es que al día siguiente de entrar en vigencia la nueva Constitución, las empresas no podrán contar con los derechos necesarios y por consiguiente será imposible abastecer a la población de más de 15 millones de chilenos con un suministro seguro y confiable, tal como ha sido hasta ahora, y podrían quedarse sin agua en sus hogares. ¿Será eso lo que buscan los convencionales? Yo vote apruebo y por la existencia de una Convención con esperanza, como todos y todas, de que se construyera un país mejor. Entonces, no creo que ese sea el ánimo de la Convención.
Entonces ¿Qué debería ocurrir? El derrotero es dejar el eslogan, la frase cliché, el discurso revolucionario vacío de propuestas y que desconoce la realidad y pone jaque el progreso del país y los chilenos. Dejar atrás el infantilismo de izquierda es lo que exigen los tiempos, y creo yo, la mayoría de la población. En efecto, la propuesta de norma refleja un tremendo desconocimiento de la realidad, del funcionamiento de la hidrología y de la vida en comunidad y las necesidades de real acceso al agua que tienen las zonas rurales que no cuentan con servicios sanitarios, pero principalmente de la regulación existente y de sus permanentes y recientes perfeccionamientos. Destruir lo existente, sin siquiera proponer un modelo alternativo pensado en el bienestar de la ciudadanía y su desarrollo, no conduce a nada. En tal caso, se dará la paradoja que no será la sequía la que nos deje sin agua, ni el cambio climático el que atente contra el derecho humano al agua. Sería la propia Convención.