Tomás Ramírez Frias

Biografía Personal

Ramírez Frías Tomás (1876) [1] hijo de Abelardo Jesús Ramírez Cruz, educador, y Carmen Frías; abogado en 1901 y escritor,  casado con Elena Garcés Gana, h. Francisco Javier Garcés Garcés, hacendado, regidor de Vichuquén 1870, e Isabel Gana Cruz, 1 hija.

[1]  DIC_FIG tomo V página 596.  Revista de Estudios Históricos numero 25 p. 91.

Descendencia

Ramírez Garcés Elena cm Alfredo Fernández Romero c/d

Fuentes

Trayectoria Política

Ramírez Frías Tomás (1876) Partido Liberal, apoya la candidatura de Javier Ángel Figueroa en 1915; diputado por Santiago 1918-1921 (presenta proyecto para el establecimiento de cooperativas de producción y consumo, patrocinadas con fondos del Estado; creación del Ministerio del trabajo; mejoramiento de la renta del profesorado), Ministro de Justicia 1921-1921; diputado 1921-1924; miembro de la Comisión Consultiva Constituyente 1925;   diputado por Constitución, Chanco, Cauquenes e Itata 1926-1930 (1.522 votos, de los 5.457 de la lista PL-PR-Conservador; cifra repartidora 1.433),

propició la reforma educacional, delegado ante la Asociación de Productores de Salitre en 1927 (lamentó en 1928 que no se hubiera podido dedicar las rentas del salitre a obras reproductivas, como las construcciones para obreros, las construcciones escolares y ferroviarias (1);

“No hay antagonismo entre democracia y liberalismo, porque democracia sólo significa que ese gobierno debe corresponder al mayor número, si es posible a todos; en tanto que el liberalismo, en su esencia, sólo significa que ese gobierno debe hacerse con un criterio que no destruya la libertad del individuo, que no la sojuzgue en términos de ahogar sus aspiraciones y su acción personales hacia el perfeccionamiento individual y social, porque todos los adelantos son emanados del cerebro y de la acción del individuo y no de la acción de los organismo o poderes públicos, ni de la masa social colectiva” (2).

Como delegado del Ministerio de Hacienda ane la Asociaicón de Productores de Salibre, comenzó a estudiar todo lo concerniente a la industria del salitre.  Realizó una exposicón ante la Cámara de Diputdos el 13 de noviembre de 1929, que puede considerarse cmo el principio de la organizaicón de la COSACH, que se proponía llevar a acabo el Gobierno, donde se esbozaba el plan de unificar las ventas del salibre y la racionalizaicón de la industria chilena. Los propósitos eran abaratar la producción, racionalizar la industria, y amparar a los pequeños industriales acordándoles cuotas de venta. El proyecto de la organizaicón de la COSACH fue presentado a la Cpamara en sesión de 21 de julio de 1930 por el ministro de Hacienda Rodolfo Jaramillo. (3)

(1) DIC_FIGueroa, tomo V página 596.

(2) Discurso en la Cámara, 21 agosto de 1927.

(3) Bitárocara de la dictadura, página 177

Bibliografia

Otras publicaciones

Intervención julio 1926
El Diputado por Constituci6n, Chanco, Cauquenes e Itata, Tomás Ramírez Frías, al fundamentar su voto en contra de cuestionar al Ministerio, fijara con meridiana claridad las razones de orden jurídico y de simple prudencia que debían guiar, en ese instante, el criterio de la corporaci6n. En las partes principales de su intervenci6n el Diputado Ramírez expres6:
«El régimen político establecido por la Carta Fundamental que nos rige y en cuya virtud existen los actuales Poderes Públicos del Estado, priva a la Cámara de la facultad que antes tuvo de emitir votos o resoluciones en cuya virtud los Ministros del Despacho deberían abandonar sus cargos; y la ha reemplazado por la de hacer representaciones que se transmitirán por escrito al Presidente de la República sobre actos concretos de esos Secretarios. Los acuerdos u observaciones -agrega el texto constitucional- no afectarán la responsabilidad política de los Ministros y serán con· testados por escrito por el Presidente de la República o verbalmente por el Ministro que corresponda». Por otra parte, el articulo 72 número 59 de la Constitución esta-blece que «son atribuciones especiales del Presidente de la República nombrar a su voluntad a los Ministros de Estado. La moción en debate, por su texto expreso y por los fundamentos que se han dado por su autor, va directamente encaminada a deter· minar, por acción de esta Cámara, como sucedía antes, la caída del Ministerio y su reemplazo por otro, que si tampoco cuenta con su confianza, podría ser derribado en la misma forma a corto plazo, y así sucesivamente, colocando en definitiva a S.E. el Presidente de la República en la necesidad de resignar aquella facultad en manos de la Cámara de Diputados, o si se quiere, del Congreso o de las mayorías de estas corporaciones. Esto es un intento de retrogradación lisa y llana al régimen que ya cayó y que tantos males produjo a la República. Pero ello envuelve una flagrante violación de texto y de espíritu de la Constitución, en que no podemos convenir. Si la Constitución es mala en este punto, debe proponerse y efectuarse previamente esta reforma por los medios legales que ella misma franquea y que son de extrema facilidad. De nada vale decir que no se trata de forzar al Ministerio ni al Presidente de la República y que éste sabrá si hace o no el cambio que se trata de pedirle o insinuarle. Nunca los Congresos pasados trataron de ejercer fuerza en el sentido que parece significarse; siempre se valieron de expresiones muy semejantes a las de la moción actual y aún menos acentuadas y personales; pero siempre el Minis-terio cayó; porque las cosas Son lo que en sí son, y en estos asuntos, no caben equívocos de interpretación. Producido ese voto, o el Presidente de la República y el Minis-terio lo acatan en lo que en sí envuelve, en su objeti vo preciso y nítido, o no. Si lo segundo, queda planteada la lucha entre esta Cámara y el Ejecutivo, en la cual, para salir alfosa la Corporación y no quedar en el ridículo y en el desprestigio de haber dado un enorme paso en falso, deberá ejercer las facultades que están en su mano, negando al Cobierno el depacho de las leyes que éste proponga, es decir, obsta-culizando la marcha del país; y nosotros estimamos que esto no podría ser tolerado nuevamente por el país. Si lo primero, si S.E. reemplaza al Ministerio, entonces queda de hecho violado el texto y el espíritu de la reforma constitucional. El Presidente babría abdicado sus prerrogativas; y babría quedado restablecida la rotativa ministerial con todas las in conveniencias y daños que la hicieron profundamente odiosa al país. En ninguno de los dos extremos sale ganando esta Honorable Cámara, y perdería, en cambio, el prestigio de que hasta este mo-mento ha sabido rodearse y que está basado en la corrección y dignidad de sus procedimientos, ajustados a la Constitución, a las leyes, y a las conveniencias nacionales. No faltarían, sin duda, medios de manifestarse inequívoca y decisivamente a la opinión pública en un conflicto de esta especie; y cree-mos que su veredicto no nos sería favorable. Y esto habna, indudablemente, de traducirse en agitaciones, inquietudes en el país, en los mo-mentos precisos en que todo el mundo que trabaja necesita, ante todo, tranquilidad para producir, o siquiera para mantener a medias su situación económica; cuando nuestras finanzas públicas se hallan en crisis; y cuando aún está en un período por de más delicado nuestro viejo problema de Tacna y Arica. Todo esto aconseja la unión de todas las fuerzas vivas del país; la unión de los partidos y no sus luchas; la unión y la cooperación del Congreso y el Ejecutivo y no la guerra entre ambos. Además, una acción como la que se propone no aparece ante nuestra propia conciencia, ni aparecerá ante el país, con la completa explicación, a lo menos, que requiere su gravedad. No ha habido en esta Cámara, ni en la otra, ni aun en los órganos de la opinión ex-traparlamentarios, un debate amplio y concreto con la comprobación correspondiente, que autorice un súbito y violento desahucio al Gobierno. El país se halla aún bajo la impresión de las ofertas de apoyo y cooperación que los partidos unidos de esta Cámara le hicieron al presentarse aquí el Gabinete, sin que ningún hecho substancial se haya producido por los partidos o la Cámara que dé razón adecuada de este cambio de frente»,

Boletín de Sesiones de la Cámara de Diputados. 35 Sesión Ordinaria, 14 de julio de 1926, páginas 1417 y siguientes.

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