José Maza Fernández

Biografía Personal

Maza Fernández José (1889-1964)  abogado 1913, casado con Raquel Lyon Vial, hija de Eduardo Lyon Pérez, comerciante y María Oriana Vial Vicuña [3]; 1 hijo.

 

[3] Hija de José Nicolás Vial Bello

Descendencia

Maza Lyon José de la, casado con María Elena Moreno Solar, h. Guillermo Moreno Vial

Fuentes

Trayectoria Política

Maza Fernández José (1889-1964) [1], miembro del Partido Libeal, presidente de la Federación de Estudiantes 1915; diputado por Mulchén 1921-1924 y 1924 por Laja,

Ministro de Justicia e Instrucción 1925 (“preparó la reforma educacional”).

Fue uno de los miembros más actios de la Asamblea Constituyente de 1925. Se le encomendó la redacción de la Constitución, donde desempeñó una intensa labor de coordinación.
Propició la dictación de todas las leyes complementarias de la Constitución, tales como la Ley de Municipalidades, la de Inscripciones municipales, la ley de Elecciones…
«La Constitución del 33 fue buena para su época y cumplió los fines de organizar la República. Pero hay que avanzar en el caminos de la evolución; es la lógica de los acontecimientos… En Chile, debido a un régimen defectuoso, las reformas quedaron retrasadas, y como en todo el mundo, esta es la causa profunda de los trasgornos existentes»
«A mi parecer, como lo dije en el discurso de presentación del Ministerio que presidí en 1924, después de la guerra se ha iniciado una nueva era. La democracia política hizo ya su época, y sus sentimientos deben ceder el paso a las nuevas orientaciones de la democracia económica» (4);

En un principio fue partidario del régimen parlamentario reglamentado; pero, luego comprendió, por la acción de los dirigenes políticos, que sería imposible eliminar las prácticas parlamentaris que tantos perjuicios habían ocacionado al país, sin la dictación de una Constitución Presidencial. (4)

senador 1926-1930 por Valdivia, Llanquihue y Chiloé (5.024 votos de los 22.749 de la lista PL-PR-Conservador que logra los cinco cupos) desaforado en 1930 [2],

En 1930 se le creyó envuelto en la conspiración aeronáutica del 21 de septiembre de 1930, conocida con el nombre del «Avión Rojo». Fur detenido a pesar de su investidura de Senador.
Interpuso los recursos de casación y apelación, gracias a los cuales, evitó ser deportado a la Isla de Pascua como a otros involucrados.

En el año 1931, en octubre, patrocinó ante el Senado, la acusación hecha por el direcotr del diario Libertad, Eugenio Rojas Mery, contr ael Ministro de Guerra, con motivo del cierre del peridico citado y de la prisión que fue objeto su Director. En la defensa, terminó expresando: «Quiero terminar recordando al Senado un hecho que hace poco mas de una año recordé sin exito ante la Corte Suprema. Espero tener aquí mejor suerte. Cuando en el año 1928 tuve que hacer vida de Judio Errante por el mundo, rodando llegué a Londres. La prensa de esa ciudad cuya población es cuatro veces la de todo Chile, se preocupaba del problema de las reparaciones del problema de Egipto, que estaba en su periodo álgido; del problema de la India que comenzaba ya a inquietar; pero el tercero o cuarto dia la prensa de Londres psó a ocuparse de una sola cosa, de loa que se llamó «Sadvige case» el caso Sadvige. Se trabaja de una mujer que había sido detenida en Hyde Park por un policía de Londres, porque creyó el policía que no guardaba ciertas conveniencias. El Juez no encontró justificados los antecedentes y ordenó ponerla en libertad… yo quisiera que en nuestro pais, en el presente caso, están comprometidas las garantías que la Constitución asegura; aunque rija el estado de sitio, a un ciudadano chileno!! (4);

senador por Valdivia y Chiloé 1933-1937 (3.192 votos de los 19.073 de la lista PL-PR-Conservador, que logra cuatro de los cinco senadores); en el senado el 11 de marzo de 1936, expresó las razones que tuvo para votar negativamente el proecto de ley restrictiva de las libertades públicas;

«Si el incido 1° de este programa es la esencia de la doctrina liberal, hay dos palabras de este inciso que son la esencia del inciso mismo: aquellas que dicen «el justo yponderado equilibrio». Aquí está la diferencia. No es exacto que el liberalismo sea un justo y ponderad equilibrio entre los intereses del individuo y de la colectividad. Cuando se trata, por ejemplo, de defender la libertad de conciencia, no hay justo y ponderado equilibrio; el liberalismo defiende este derecho del individuo sin pensar en equilibrio alguno. Cuando un grupo de audaces se apodera del imperio económico de un país contra él se lanza francamente el liberalismo.  Tampoco es exacto que sea la suma de los intereses individuales la que forme el interés general. No le interesa, por ejemplo, al país, que haya diez millonarios: le interesa que haya cuatro millones de habitantes que tengan medios holados de existencia para que bendigan la tierra donde nacieron.  Esta es la posición del liberalismo y si se produce choque entre los intereses mezquinos del individuo y los grandes intereses de la colectividad, el liberalismo debe estar por la defensa de estos intereses grandes y nobles de la colectividad… el liberalismo constructivo reconoce al Estado un rol no de dirección pero si de intervención o control y una orientación de la economía» (3),

Con motivo de la celebración del dia del Partido Liberal, en diciembre de 1942, pronunció un discurso que ha sito titulado «Lieralismo Constructivo», en el que fuera de definir la orientación y doctrinas esenciales, indicó el programa creador a que deben ceñirse los hombres que lo componen; «para que puedan en definitiva conducir otra vez a Chile, por un nuevo sendero de progreso y de gloria».

[1] “La resistencia sistemática a la detención de las leyes que las circunstancias imponen, crea un ambiente que es propicio a extremismos y violencias. La adaptación o postura evita el espíritu de rebelión que siempre llevan más lejos de donde se quiere ir. Así lo demuestra la historia” Liberalismo Constructivo, 1942. DIC_FIG tomo IV página 234

[2] En el alegato de su desafuero en la Corte Suprema afirmó: “Yo sé que seré condenado y que perderé las garantías de mi investidura parlamentaria; pero también sé que dondequiera que me encuentre, en una celda solitaria, en la Isla de Pascua o Más Afuera, o a bordo de una nave de guerra, me acompañará el afecto de mis amigos y la conciencia tranquila del que no ha delinquido ni ha faltado al cumplimiento de sus deberes. Hasta ahora he estado ante diez acusadores, y desde este momento soy yo el acusador y estoy ante diez acusados…” DIC_FIG tomo IV página 234

(3) Intervención en la Convención Liberal de 1937

(4) Los Constituyentes de 1925

Bibliografia

Zig-Zag, enrevista 4 de julio de 1925

Otras publicaciones

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